La Formación Básica Obligatoria queda regulada por Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales. Dicho Decreto establece en su art. 29 que, con carácter general, las enseñanzas en las aulas o en centros específicos de educación especial contemplarán un período de formación básica de carácter obligatorio.
El período de formación básica de carácter obligatorio tendrá una duración mínima de 10 años, si bien podrá ser ampliado hasta en dos años cuando a juicio del equipo educativo esta medida permita la consecución de los objetivos previstos en la adaptación curricular individualizada. El período de formación básica comenzará a los 6 años de edad y podrá extenderse hasta los 18 años de edad.
El período de formación básica de carácter obligatorio se organizará en ciclos y en el diseño del currículo que los desarrolle se tomarán como referentes los currículos correspondientes a la educación infantil y a la educación primaria, en sus diferentes ámbitos y áreas, pudiendo dar cabida al desarrollo de capacidades de la educación secundaria obligatoria de acuerdo con las posibilidades y las necesidades educativas de cada alumno o alumna.
Con base en este Decreto, el centro asume la escolarización en FBO del alumnado con discapacidad auditiva severa o profunda y distribuye sus aulas y unidades en tres ciclos, valorando en todo momento la edad, capacidad y nivel curricular del alumnado.
La normativa establece que el currículo del período de la formación básica de carácter obligatorio se podrá organizar en torno a tres ámbitos de experiencia y desarrollo:
- el conocimiento corporal y la construcción de la identidad;
- el conocimiento y la participación en el medio físico y social;
- la comunicación y el lenguaje.
Sin embargo nuestro alumnado presenta mayoritariamente una discapacidad auditiva y solo en casos concretos nos encontramos con patologías, tanto cognitivas como de otras índoles, asociadas a la sordera. Ello nos permite seguir el desarrollo curricular de la educación infantil y primaria, mediante adaptaciones significativas y no significativas de acceso al currículum.
En todo caso, la totalidad de nuestro alumnado presenta adaptación curricular individualizada, la cual se adapta de forma significativa a las áreas y textos curriculares ordinarios.
Uno de los objetivos básicos de nuestro centro es dotar a nuestros alumnos de un código comunicativo funcional, que les permita su integración en un centro ordinario para cursar la Educación Infantil, Primaria o Secundaria. Así nuestro centro se convierte en un “Centro de paso”. Dicho objetivo se alcanza en niveles superiores al 80%, garantizando al 20% del alumnado restante la posibilidad de continuar sus estudios en nuestro centro.